Apreciados (as) Colegas y Estudiantes de Farmacia y Bioquímica:
Para saludarles e informarles lo siguiente:
1) El lunes 23 y martes 24 de junio, un grupo de Colegas estuvimos atentos a las actividades del Congreso de la República, en relación con la confección de la Agenda y la fecha de inicio de las actividades de la Comisión Permanente.
2) El martes 24, con la firma de varias instituciones químicas farmacéuticas, fue presentado un Oficio adjuntando las OBSERVACIONES y COMENTARIOS al contenido del Dictamen – en Mayoría - sobre el Proyecto de Ley de Productos Farmacéuticos, Sanitarios y Dispositivos Médicos (en abreviatura PLey PF-DM-PS), que fuera aprobado por la Comisión de Salud el pasado 12 de junio. La evaluación ha sido completa, no sólo sobre los artículos 24 ° y 61 ° que afectan los campos de nuestro ejercicio profesional violando varias leyes vigentes. Podrán leer y analizar dicho documento en los sites:
El contenido del oficio fue el siguiente:Señor Doctor
LUIS JAVIER GONZALES POSADA EYZAGUIRRE
PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA Y
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE
PRESENTE.-
De nuestra mayor consideración:
Nos es muy grato dirigirle la presente, en representación de la Federación Nacional de Químicos Farmacéuticos del Perú y de las Instituciones que suscriben para saludarle cordialmente y a la vez remitirle algunas OBSERVACIONES al Dictamen en Mayoría de los Proyectos de Ley sobre Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, aprobado el 12 del presente en la Comisión de Salud del Congreso de la República.
Preocupados por la situación de salud de la población, interesados por mejorar la CALIDAD DE VIDA DE LOS PERUANOS, los Químicos Farmacéuticos, desde hace muchos años, hemos presentado diferentes propuestas legislativas con la finalidad de que se modifiquen las normas sobre medicamentos que aún rigen. Estamos convencidos de la imperiosa necesidad de importantes cambios, por lo que auguramos que el contenido del Dictamen no logrará los objetivos que la sociedad peruana demanda. Lamentablemente, una de las iniciales propuestas no ha sido atendida suficientemente, cual es tener un GLOSARIO DE TÉRMINOS más amplio, con el cual se hubieran evitado malas decisiones. Confiamos que la lectura de estas OBSERVACIONES permitirá rectificar los gruesos errores en que se ha incurrido al aprobar dicho Dictamen y así celebrar juntos la promulgación de una ley tan esperada.
Uno de los fundamentos de nuestras observaciones, principalmente referidos a los Artículos 24 ° y 61 ° del Dictamen están en el artículo 65 ° de la Constitución Política del Perú: "El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para el efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población". El inciso "a" artículo 5 ° del Decreto Legislativo 713 "Ley de Defensa del Consumidor" también establece la necesidad de la información apropiada y oportuna al consumidor para que pueda tomar su decisión de uso. Y quien ofrece la información apropiada sobre productos farmacéuticos, sanitarios y dispositivos médicos al consumidor es el Químico Farmacéutico. Con el avance de la ciencia y tecnología, la globalización, la labor de los químicos farmacéuticos ya no está en la elaboración de fórmulas magistrales, sino en ofrecer la información oportuna y apropiada, en la Atención Farmacéutica, en el seguimiento farmacoterapéutico, en la farmacovigilancia, en la farmacia hospitalaria, en la farmacia clínica, en la implementación y monitoreo de los sistemas integrales de gestión de la calidad, en las Buenas Prácticas, en las auditorías, en los estudios de estabilidad, en los estudios de intercambiabilidad, y validaciones, etc.
Otro fundamento importante es que este Dictamen no puede privar a los pacientes, a los usuarios que se encuentran en lugares alejados de recibir similar información que aquellos que se encuentran en las zonas urbanas o en las capitales. En cambio, pone al paciente, al consumidor en manos de empresas interesadas en ofrecer productos que no justifiquen lo que ofrecen.
La Constitución (Artículo 59°) establece límites al comercio, a pesar de las tendencias liberales hoy en boga, y uno de los límites es la SALUD.
En el Dictamen se ha omitido incluir el principio de IDONEIDAD. En el caso del artículo 61 ° debería prevalecer que todo dispositivo médico debería ser manejado por el profesional competente, capacitado para atender estos requerimientos antes del uso del mismo, el cual es el químico farmacéutico.
Otra omisión de este Dictamen es que debería prohibir que se vendan libremente alimentos en una forma farmacéutica (por ejemplo, la maca en cápsulas) dado que debería estar sujeto a las exigencias del registro sanitario de la DIGEMID, al margen si se rotula propiedades terapéuticas o no, de las buenas prácticas de manufactura y almacenamiento, así como a la correcta vigilancia de su dosis.
Hacemos propicia la oportunidad para reiterarle nuestro aprecio a su digna persona.
Muy Atentamente,
Q. F. DR. ZOZIMO VICUÑA VIDAL
DNI 08511919
PRESIDENTE
FEDERACION NACIONAL DE
QUIMICOS FARMACEUTICOS DEL PERU
Siguen firmas….Presentado este Oficio, se prepararon los respectivos oficios para todos los Congresistas miembros de la Comisión Permanente, con quienes se dialogará personalmente para presentarles nuestros argumentos.
4) Se difundió esta información a los Decanos Departamentales.
5) El jueves 26 fuimos informados que dicho Dictamen en Mayoría NO ENTRABA A LA AGENDA DE LA COMISIÓN PERMANENTE. Esta información fue ratificada en la página web del Congreso:
6) Tomemos esta información como referencial debido a que en la política de nuestro país NADA ES DEFINITIVO. Hay estar alertas.
7) El Colegio Q. F. Departamental de Arequipa presentó, el 26 del pte., ante el Congreso de la República un MEMORIAL con más de 800 firmas de ciudadanos apoyando el pronunciamiento de dicho Colegio sobre el ejercicio profesional.
8) Nos informan que los Colegios Q.F. de Arequipa, Cusco, Moquegua y Tacna han organizado una MARCHA para el día jueves 03 de Julio, en defensa de la vida y la salud de las personas. Muy bien por los Colegas.
9) Luego de aprobado el Dictamen en Mayoría referido, en Lima, las instituciones químicas farmacéuticas, han reaccionado de diversa forma.
10) Las instituciones y Colegas que se identifiquen con los planteamiento del documento presentado a la Presidencia del Congreso, pueden expresar su acuerdo a los e-mails de los Congresistas miembros de la Comisión Permanente
Nosotros seguimos en la lucha, convencidos que una victoria no se gana en una lotería ni viene del aire. Hay que tener convicción y perseverancia.
Saludos Farmacéuticos
Q. F. Dr. Moisés Méndez
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